AFIP: Prestamos tasa cero

Entre el 4 de mayo y el 30 de junio de 2020 se puede tramitar el crédito a tasa cero para monotributistas y autónomos. Considero que este tema es de interés para muchos que lo pueden estar necesitando, así que de eso hablaremos en este artículo. ¿Cómo saber si puedo sacar un préstamo a tasa cero? Y en caso de aplicar… ¿cuánto nos prestan?, ¿cómo se devuelve?, ¿cómo pedir el crédito a tasa cero?, ¿cómo saber si me aprobaron el crédito tasa cero?, y finalmente, ¿cómo se acredita el crédito a tasa 0?

Un crédito a tasa cero, como su nombre lo indica, es que es un préstamo sin interés… obviamente voy a tener que devolver el capital que me prestaron en los plazos establecidos, pero sin ningún costo, ya que será el Estado el que va a hacer cargo de pagarle los intereses del crédito a los bancos. 

Es importante tener en cuenta que esto es una financiación que será acreditada en la tarjeta de crédito del beneficiario en tres desembolsos mensuales, iguales y consecutivos. Por ejemplo, si pedimos $150.000, se nos acreditarán tres cuotas mensuales y consecutivas de $50.000 en nuestra tarjeta de crédito. 

Tengan en cuenta también que se agregara al monto del préstamo, el importe correspondiente al pago de las obligaciones mensuales y normales impositivas. Esto significa que, además del monto del préstamo, los bancos nos acreditarán ese dinero que aplicarán directamente al pago de impuestos. En el caso de los monotributistas, sería la suma del componente impositivo y previsional. Lo mismo aplica para el pago mensual previsional de los autónomos. Esto significa que nos están prestando el dinero para hacer frente al pago de estos impuestos, y deberemos devolverlo junto con el monto del préstamo.

Comenzamos entonces con los requisitos que debo cumplir para saber si puedo acceder a uno de estos créditos a tasa cero:

  • No trabajar en relación de dependencia
  • No cobrar una jubilación 
  • No tener deudas con un atraso en el pago superior a los 90 días (esto es, no tener deudas en situación crediticia 3, 4, 5 y 6 según BCRA).
  • No haber emitido el 70% o más de la facturación al estado nacional, provincial o municipal entre el 12 de marzo y el 12 de abril de 2020
  • En el caso de ser autónomo, no estar inscripto en el monotributo
  • En el caso de ser autónomo, no formar parte del directorio de una sociedad comercial.
  • Todas las categorías de monotributo pueden acceder si cumplen con los requisitos (de la A a la K, ambas inclusive)
  • En el caso de los monotributistas, se debe cumplir que la facturación electrónica emitida entre el 12 de marzo de 2020 y el 12 de abril de 2020 haya caído de acuerdo con determinados parámetros.        
  • En el caso de los autónomos, se debe contemplar que lo facturado en el período entre el 20 de marzo y el 19 de abril de 2020 sea inferior a la facturación del mismo período de 2019.
  • No hay que demostrar la caída en la facturación, ya que la propia AFIP cuenta con la información del contribuyente y en base a eso nos va a habilitar o no en su web  para acceder al crédito a tasa cero. En caso de que no sean elegibles, les van explicar por qué, cuál es el requisito de los anteriores que no cumplen.

Quienes estén interesados deben ingresar a la web de la AFIP para ver si son elegibles para obtener el crédito y el monto máximo al que pueden acceder. Luego deben indicar el monto total que desean pedir, dejar asentado su mail, el número de tarjeta de crédito y el banco en el que fue emitida la tarjeta. Les comparto un instructivo paso a paso de este procedimiento en AFIP: https://serviciosweb.afip.gob.ar/genericos/guiasPasoPaso/VerGuia.aspx?id=362

Una vez que cargamos estos datos en el sistema de la AFIP según el instructivo anterior, nos va a generar un “Certificado de Tramitación” y remitirá la información al Banco Central para su verificación.

¿Cómo saber si me aprobaron el crédito tasa cero? Si el crédito es aprobado, nuestro banco nos contacta para aprobar los términos y condiciones del préstamo (esto se puede hacer por Home Banking). Una vez hecho esto, se acredita el importe correspondiente al primer desembolso en nuestra tarjeta de crédito. Tengan en cuenta que desde que el banco recibe el ok por parte del BCRA, tiene un plazo máximo de 48 horas hábiles para acreditar el dinero.

El monto a máximo que nos pueden otorgar varía en función de la categoría de monotributo en la que nos encontremos, siendo el máximo $150.000. En el caso de los autónomos, como no hay categorías, pueden acceder al máximo de $150.000.

Para devolverlo tenemos 6 meses de gracia (o sea, 6 meses en donde no pagaremos nada) a contar desde la fecha en la que recibimos el primer desembolso, y luego el préstamo se podrá cancelar en al menos 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.

Por último, recuerden que si acceden a este crédito, van a quedar inhabilitados para comprar moneda extranjera, tanto por el mercado de cambios como para hacer dólar bolsa o contado con liquidación,  por 18 meses o hasta que se pre cancele el crédito, lo que suceda antes.

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